la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), junto con el Consorcio de Compensación de Seguros y Agroseguro, recuerda la importancia de conocer cómo se aseguran los daños ocasionados por fenómenos naturales al ser acontecimientos ante los que protege el seguro.

¿Qué tipo de daños se cubren? ¿Cómo se solicita la indemnización?

Los seguros del hogar suelen añadir entre sus coberturas básicas los daños materiales frente a fenómenos atmosféricos, como lluvias, inundaciones, nevadas, granizos o vientos, entre otros. Ante los daños a bienes asegurados provocados por las lluvias, se incluyen como bienes asegurados los «daños directos producidos por el efecto del agua por encima del umbral fijado en tu seguro», aclaran.

En estos casos, la intensidad del fenómeno natural tendrá que ser fijada y contrastada por la aseguradora con un servicio meteorológico público. No obstante, el origen de estos daños no puede ser «una falta de mantenimiento o deterioro paulatino», advierten.

En lo que respecta a las cosechas y al arbolado asegurados, los daños por lluvia persistente tendrán que ser indemnizados por Agroseguro. Para poder conocer la indemnización, hay que contactar con Agroseguro, con la aseguradora o con un mediador. En todo caso, se debe contactar con la compañía aseguradora que tengas contratada para solicitar la indemnización correspondiente basándose en las coberturas y exclusiones que aparezcan en el contrato.

Por otro lado, las ayudas públicas sí son compatibles con estas indemnizaciones que correspondan en virtud de un seguro. «En ningún caso, el importe total de todos los pagos puede superar el valor del daño producido», advierten.

 

 

 

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