Llega la hora de pasar cuentas con Hacienda. Este pasado 4 de abril se inicia la Campaña de la Renta 2017, en el que casi 20 millones de españoles están llamados a presentar su declaración. Los rendimientos del trabajo (salarios, pensiones, prestaciones de desempleo o beneficios de los autónomos) tributan en el IRPF y también las rentas del ahorro y las plusvalías como las ganancias por la venta de acciones, los intereses de una cuenta corriente o el beneficio al vender una vivienda.

Te contamos que seguros pueden desgravar en la declaración de la Renta de este año

  • Vida y Hogar asociados a hipoteca. Si estos seguros están vinculados a la hipoteca se puede desgravar hasta el 15% de las cantidades destinadas a la compra de la vivienda habitual con un máximo de hasta 9.040 euros, siempre que la adquisición de la vivienda haya sido antes del 2013.
  • Seguros no asociados a hipoteca. Si el seguro de Vida va ligado a un plan de ahorro permite deducir 10.000 euros máximo si se tiene menos de 50 años, y hasta 12.500 si se tiene más de 50. Si no está ligado a plan de ahorro, el seguro de Vida no desgrava (excepto si se es autónomo). El de Hogar no desgrava si no está ligado a hipoteca o si se  adquirió la vivienda antes de 2013, no será desgravable, de forma general.
  • Compra de vivienda.Depende de la provincia. En Murcia o Madrid, se ofrecen incentivos fiscales a jóvenes, en la primera por la compra ya que se permite desgravar a los menores de 35 años, un 5% de las cantidades desembolsadas para la adquisición de una vivienda; en la segunda establece una deducción del 20% del alquiler de la vivienda. Por otra parte, si eres propietario de un inmueble en alquiler, podrás desgravar todos los gastos necesarios para conseguir su arrendamiento, incluido el seguro de Hogar o el seguro de Impagos, entre otros.
  • Plan de Pensiones. Reducen la base imponible del IRPF. Por ejemplo, para quienes aportan anualmente a su Plan de Pensiones el importe máximo, 8.000 euros, podrán obtener un ahorro fiscal de 3.600 euros, siempre que sus ingresos anuales sean superiores a los 60.000 euros. Por lo tanto, la retención en el IRPF es del 45%. Para quienes cuenten con salarios más modestos, el ahorro está en torno al 24%.
  • Seguro del coche.El seguro de Autos no desgrava en el IRPF. Solo podrían aquellos autónomos que justificaran que su actividad está vinculada al uso necesario del coche y para la actividad que desarrollan, pero en ningún caso para el ocio.